Consumo

Las oficinas municipales de información al consumidor de Piélagos ampliarán su horario de atención al público, a partir del 3 de mayo

De esta forma, las instalaciones de Renedo (ubicadas temporalmente en el edificio anexo del Consistorio, en el número 64 de la Avenida Luis de la Concha) prestarán sus servicios los lunes por la mañana, de 10:00 a 14:00 horas, y las tardes, entre las 16:00 y las 18:00 horas, mientras que la de Liencres (local municipal) lo hará los jueves en el mismo horario

Las oficinas municipales de información al consumidor de  Piélagos ampliarán su horario de atención al público, a partir del próximo lunes, 3 de mayo, debido al incremento de la actividad que han venido registrando, tanto en la sede de Renedo como en la de Liencres.

De esta forma, las instalaciones de Renedo -ubicadas temporalmente en el edificio anexo del Consistorio, en el número 64 de la Avenida Luis de la Concha- prestarán sus servicios los lunes por la mañana, de 10:00 a 14:00 horas, y las tardes, entre las 16:00 y las 18:00 horas, mientras que la de Liencres lo hará los jueves en el mismo horario.

Según ha explicado Enrique Solís, letrado responsable de ambas oficinas, la ampliación del horario también se ha visto necesario como consecuencia de la atención prestada desde las oficinas durante la pandemia, que se ha traducido en un mayor y mejor conocimiento de este servicio municipal gratuito entre los vecinos y vecinas del municipio.

En este sentido, ha apuntado que las oficinas municipales de información al consumidor de Piélagos también prestan atención telefónica, en el 608985656 y mediante el correo electrónico omicpielagos@gmail.com.

Información, tramitación y gestión

Enrique Solís ha recordado que esta oficina realiza una labor de información, tramitación y gestión en materia de consumo -reclamaciones de suministros, bancos, automóviles, servicios profesionales- para los vecinos y vecinas de Piélagos.

De hecho, ha subrayado que cualquier persona puede acudir libremente, aportando la documentación o antecedentes, que sean consecuentes con la reclamación, para realizar ésta e informarle, en ambos casos, de forma totalmente gratuita.

“Nosotros lo que realizamos es una tramitación de carácter administrativo, es decir, la carta de reclamación dirigida a las diferentes entidades o empresas; a los servicios de reclamación de las entidades suministradoras; a los defensores de clientes de los bancos, de los seguros, de las direcciones generales de telecomunicaciones o al servicio de reclamaciones del Banco de España”, ha matizado el letrado.

Solís ha incidido en que la OMIC no realiza una reclamación jurídica, pero ha subrayado que la tramitación administrativa previa sí que puede servir como documentación de prueba para una posterior tramitación jurídica.